Carlos Lozano. Actualmente recluido en la Unidad French Robertson del TDCJ (Departamento de Justicia Penal de Texas).
Defensa propia · Doctrina del Castillo · Debido proceso
En la madrugada del 26 de septiembre de 2015, yo estaba sentado en mi camioneta en el estacionamiento de Pockets Billiards, en la calle N. Mesa de El Paso, Texas. Un grupo de personas rodeó mi vehículo. Una de ellas lanzó una lata de cerveza llena por mi ventana y me golpeó en la cabeza. Después, otra rodeó la camioneta corriendo y me dio un puñetazo por la ventana del conductor. Estaba atrapado. Varias personas me estaban atacando dentro de mi propio vehículo. Me defendí — y el Estado de Texas lo llamó asesinato. Me condenaron a 25 años. La corte de apelaciones revocó mi condena al determinar que hubo un error grave en las instrucciones al jurado. Pero el Estado presentó una nueva teoría jurídica que el jurado nunca consideró — y la Corte de Apelaciones Penales de Texas la adoptó. Se destruyeron pruebas físicas fundamentales. Un recurso de hábeas corpus 11.07 — que ahora plantea diez fundamentos para obtener reparación — está pendiente ante la Corte de Apelaciones Penales de Texas con el número WR-96,918-01.
Resumen del caso
Carlos Lozano es ciudadano estadounidense, residente de El Paso de toda la vida y Mecánico Maestro certificado. Antes de su encarcelamiento, era el único cuidador de su madre discapacitada, quien falleció mientras él seguía en prisión. No tiene antecedentes penales. En la madrugada del 26 de septiembre de 2015, Lozano se encontraba en su camioneta en el estacionamiento de Pockets Billiards and Fun, en la calle N. Mesa de El Paso, Texas. Un grupo de personas que estaba en el estacionamiento confrontó a Lozano después de que una mujer estuvo a punto de cruzarse frente a su vehículo en movimiento. Durante la confrontación, Jorge Arturo Hinojos lanzó una lata de cerveza llena por la ventana abierta del lado del pasajero de la camioneta de Lozano, donde reventó y roció cerveza por todo el vehículo. Lozano tomó un arma de fuego. Hinojos entonces rodeó la camioneta corriendo y le dio un puñetazo a Lozano por la ventana abierta del conductor. Lozano se volteó y le disparó tres veces a Hinojos, causándole la muerte.
Lozano fue acusado formalmente de asesinato el 21 de enero de 2016 en el Condado de El Paso. En el juicio, el jurado recibió instrucciones sobre la defensa propia, incluidas las disposiciones relativas a la Doctrina del Castillo y a la presunción de razonabilidad cuando alguien entra ilegalmente y con fuerza en un vehículo ocupado. Sin embargo, las instrucciones al jurado contenían un lenguaje erróneo sobre el “deber de retirarse”, que había sido eliminado de la ley de Texas en 2007. El jurado declaró culpable a Lozano y la corte de primera instancia lo condenó a 25 años de prisión. Cabe destacar que, durante las deliberaciones, el jurado envió una nota al juez preguntando sobre la presunción de razonabilidad y sobre qué significa “entrar” en un vehículo, lo cual indica que estaba sopesando activamente la cuestión de la defensa propia.
En la apelación directa, la Octava Corte de Apelaciones de El Paso resolvió que las instrucciones erróneas sobre el deber de retirarse le causaron a Lozano un perjuicio grave, revocó su condena y ordenó un nuevo juicio. Pero el Estado presentó una Petición de Revisión Discrecional (PDR) ante la Corte de Apelaciones Penales de Texas y, por primera vez, planteó una teoría completamente nueva: que Lozano nunca tuvo derecho a recibir instrucciones sobre la defensa propia, porque no había pruebas de su “creencia subjetiva” de que la fuerza letal fuera inmediatamente necesaria. Esta teoría nunca se planteó en el juicio, nunca se argumentó ante el jurado y no fue la base de la condena. La CCA adoptó esta nueva teoría en una opinión unánime emitida el 6 de octubre de 2021, revocó la decisión de la Octava Corte de Apelaciones y confirmó la condena de Lozano.
Se ha presentado una solicitud de recurso de hábeas corpus bajo el Artículo 11.07 del Código de Procedimiento Penal de Texas, que actualmente está pendiente ante la Corte de Apelaciones Penales de Texas. El recurso impugna la adopción por parte de la CCA de la nueva teoría jurídica del Estado y la destrucción de pruebas físicas fundamentales — la camioneta misma —, y plantea reclamos adicionales relacionados con la equidad fundamental del proceso.
Pruebas fundamentales
La camioneta de Carlos Lozano fue el lugar de los disparos y la prueba física más importante de su caso de defensa propia. Contenía salpicaduras de sangre relevantes para determinar la magnitud del ataque y si Hinojos había entrado en el vehículo. A pesar de que el propio Estado afirmó que era necesario analizar las pruebas de sangre, la camioneta estuvo retenida durante 23 meses, nunca se realizó ninguna prueba de ADN, las ventanas se dejaron abiertas en el corralón de la policía — lo que permitió que la intemperie destruyera las pruebas de sangre — y, finalmente, la camioneta fue entregada a un banco por orden judicial el 19 de diciembre de 2017 — apenas tres meses después de la condena — pese a la objeción de Lozano. El juez Patrick M. Garcia firmó la Orden de Entrega de Bienes (Order of Release of Property), que disponía que la Ford F-150 2013 (VIN 1FTFW1E66DFB39192) se entregara a Government Employees Credit Union (GECU), el acreedor prendario del vehículo — y no a Lozano ni a su familia.
La Ford F-150 FX4 2013 de Lozano cuando fue decomisada como prueba. Todas las ventanas y el quemacocos están cerrados. La camioneta se guardaba bajo techo en unas instalaciones. Según el Estado, se encontraron en los asientos salpicaduras de sangre que debían analizarse.
El interior de la misma camioneta después de permanecer a la intemperie en el corralón de la policía, con las ventanas y el quemacocos abiertos durante meses. Todas las superficies están cubiertas de tierra y basura. Todas las salpicaduras de sangre se destruyeron. Nunca se realizó ninguna prueba de ADN.
En la audiencia de fianza de Lozano, el 24 de febrero de 2016, el Estado indicó que se había encontrado sangre en un asiento y que era necesario analizarla. En la audiencia bajo el Artículo 28.01, el 14 de marzo de 2016, la fiscal Rebecca Estrada Quinn le dijo al juez Garcia que el Estado necesitaba la camioneta porque “hay que hacerle algunas pruebas” en relación con las manchas de sangre encontradas en su interior. El juez Garcia ordenó al Estado que informara en dos semanas qué estaba haciendo con el vehículo.
A pesar de que el Estado afirmó repetidamente que las pruebas de sangre debían analizarse, nunca se realizó ni se intentó realizar ninguna prueba de ADN — aun cuando el Estado presentó una declaración jurada para obtener una muestra del ADN de Lozano con fines de comparación. Esto es devastador, porque si la sangre pertenecía a Hinojos, habría demostrado que él entró físicamente en el vehículo de Lozano. Conforme a la sección 9.32(b) del Código Penal de Texas (Texas Penal Code § 9.32(b)), esa entrada activa la presunción de razonabilidad de la Doctrina del Castillo — exactamente la cuestión sobre la que preguntó el jurado en su nota durante las deliberaciones. Se destruyó la prueba que podía haber respondido de manera concluyente a la pregunta del jurado.
La camioneta estuvo retenida aproximadamente 23 meses en total. Durante ese tiempo, las ventanas se dejaron abiertas en el corralón de la policía, lo que expuso el interior a la intemperie y destruyó las pruebas de sangre. El 19 de diciembre de 2017 — apenas tres meses después de la condena — el juez Garcia firmó una Orden de Entrega de Bienes que disponía que la camioneta se entregara a Government Employees Credit Union (GECU), el acreedor prendario del vehículo, “a cargo de: Carlos Miranda, III, abogado de GECU, o Juan Montoya (Tri-State Recovery)”. La camioneta se entregó al banco, no a Lozano ni a su familia, sin que la defensa tuviera jamás la oportunidad de analizar de forma independiente las pruebas de sangre.
¿Por qué es importante? Si las pruebas de ADN hubieran revelado sangre de Jorge Hinojos dentro de la camioneta de Lozano, habrían demostrado sin lugar a dudas que Hinojos había entrado en el vehículo — exactamente lo que preguntó el jurado durante las deliberaciones. Conforme a la sección 9.32(b) del Código Penal de Texas, cuando una persona entra ilegalmente y con fuerza en un vehículo ocupado, se presume que el ocupante del vehículo actuó de manera razonable al usar fuerza letal. La sangre de Hinojos dentro de la camioneta habría establecido de manera concluyente la entrada y habría activado la presunción de razonabilidad de la Doctrina del Castillo, lo que le daba a Lozano el derecho legal de defenderse. El Estado afirmó que era necesario analizar la sangre, retuvo la camioneta durante 23 meses, nunca realizó ninguna prueba y permitió que las pruebas se destruyeran al dejar las ventanas abiertas — y luego la CCA resolvió que no había pruebas de que Lozano tuviera la creencia subjetiva de que la fuerza letal era necesaria. La prueba misma que habría resuelto esa cuestión se destruyó mientras estaba bajo la custodia del Estado.
Estas fotografías se adjuntaron como anexos a la Moción para un Nuevo Juicio del abogado defensor en el juicio, Michael Gibson, presentada el 25 de septiembre de 2017 — apenas una semana después de la condena. En esa moción, Gibson admitió que impedir que Lozano testificara fue decisión suya, y que Lozano “debió haber testificado” para que estas pruebas pudieran presentarse. Gibson también reveló que, cuando habló con los miembros del jurado después del veredicto, varios le dijeron que creían que Lozano nunca fue atacado — a pesar de que los propios testigos del Estado declararon que se lanzó la lata de cerveza y que Hinojos golpeó a Lozano por la ventana. El jurado nunca vio estas fotos porque Gibson no permitió que Lozano subiera al estrado. Posteriormente, la CCA resolvió que no había pruebas de la “creencia subjetiva” de Lozano de que la fuerza letal era necesaria.
Moretones graves alrededor del ojo izquierdo y en el rostro de Lozano, compatibles con haber sido golpeado con una lata de cerveza llena y haber recibido varios puñetazos por la ventana de la camioneta.
Moretones en ambos lados de la parte baja de la espalda de Lozano — lesiones compatibles con haber sido jalado o arrastrado mientras estaba sentado en la camioneta, lo que corrobora su relato de que los agresores intentaban sacarlo del vehículo.
Cronología
Cuestión jurídica central
En el juicio, se dieron al jurado instrucciones sobre la defensa propia, incluida la presunción de razonabilidad de la Doctrina del Castillo (Castle Doctrine) para quien se defiende dentro de un vehículo ocupado. El jurado consideró activamente esta defensa, e incluso envió una nota al juez preguntando sobre la presunción y sobre qué significa "entrar". Pero después de que la Octava Corte de Apelaciones revocó la condena, el Estado presentó un argumento totalmente nuevo en la Petición de Revisión Discrecional (PDR): que Lozano nunca tuvo derecho a instrucciones sobre defensa propia. La Corte de Apelaciones Penales de Texas (CCA) adoptó esa teoría, y sus consecuencias van mucho más allá de este caso.
En el juicio, el Estado nunca argumentó que Lozano no tuviera derecho a instrucciones sobre defensa propia. Las instrucciones al jurado incluyeron la defensa propia y la Doctrina del Castillo. Solo después de que la Octava Corte de Apelaciones revocó la condena, el Estado argumentó, por primera vez en la PDR, que no había pruebas de la "creencia subjetiva" de Lozano de que la fuerza letal era inmediatamente necesaria. La CCA concedió la revisión sobre esa base y adoptó la teoría en su opinión de octubre de 2021.
El Código Penal de Texas, § 9.32(b), dispone que la creencia de una persona de que la fuerza letal era necesaria se presume razonable si alguien entró ilícitamente y con fuerza en su vehículo ocupado. La CCA resolvió que esta presunción solo se aplica si el acusado demuestra primero una "creencia subjetiva", lo que en la práctica exige probar un estado mental interno antes de que la presunción legal pueda siquiera activarse. Esta interpretación reduce la protección de la Doctrina del Castillo para cualquier persona que se defienda en su vehículo.
El jurado que condenó a Lozano recibió instrucciones sobre la defensa propia y deliberó activamente sobre ella: envió una nota preguntando sobre la presunción de razonabilidad y sobre qué significa "entrar" en un vehículo. El veredicto se basó en la ley tal como se presentó en el juicio, incluido (por error) un deber de retirarse. Nunca se le pidió al jurado que determinara si Lozano carecía de una creencia subjetiva en la necesidad de defenderse, porque nadie planteó ese argumento hasta la PDR.
El fallo de la CCA crea un marco en el que el Estado puede argumentar, por primera vez en apelación, que un acusado nunca tuvo derecho a las instrucciones sobre defensa propia que recibió el jurado. También establece que la presunción de razonabilidad de la Doctrina del Castillo requiere una demostración aparte del estado mental subjetivo, incluso cuando a alguien lo han golpeado a puñetazos a través de la ventanilla de su propio vehículo. Este precedente afecta a todo texano que confía en la Doctrina del Castillo para protegerse en su hogar o en su vehículo.
Fuentes: Registro del Taquígrafo Judicial (Reporter’s Record), Volúmenes 7 y 10 de 12, State v. Lozano, Cause No. 20160D00209, Corte del Distrito Judicial 384, Condado de El Paso, Texas. 12 y 15 de septiembre de 2017. Taquígrafa judicial: Genesis Stephens. Vol. 10 (PDF) ↗ · Vol. 7 (PDF) ↗
El derecho a la defensa propia es fundamental en la ley de Texas. La Doctrina del Castillo y las reformas de 2007 de la ley "Defiende tu Terreno" (Stand Your Ground) se promulgaron específicamente para proteger a las personas que se defienden en sus hogares y vehículos. La decisión de la CCA en Lozano v. State sostiene, en efecto, que aun cuando el jurado recibe instrucciones sobre la defensa propia y la considera activamente, la condena puede confirmarse con base en una teoría que nunca se le presentó a ese jurado: que el acusado carecía de una creencia subjetiva en la necesidad de defenderse. Este caso plantea la cuestión de si el Estado puede cambiar su teoría jurídica después de la condena, y de si la presunción legal de la Doctrina del Castillo puede quedar sin sentido al exigir prueba de un estado mental interno que la ley fue diseñada precisamente para presumir.
Fiscalía a cargo del proceso
Carlos Lozano fue procesado por la Fiscalía del Distrito del Condado de El Paso, que abarca el Distrito Judicial 34. Desde su condena en 2017, esta fiscalía ha sufrido una agitación extraordinaria, que incluye desestimaciones masivas de casos, acusaciones de manipulación de testigos, una fiscal de distrito que invocó sus derechos bajo la Quinta Enmienda en audiencia pública, determinaciones judiciales de represalia por parte de la fiscalía y una orden de una corte de distrito estatal que constató una retención sistemática de pruebas que alcanza el nivel de negligencia grave. Este patrón es directamente pertinente a las violaciones de Brady y a la manipulación de pruebas que se alegan en el recurso 11.07 de Lozano.
| Periodo | Fiscal de distrito | Notas |
|---|---|---|
| 1993 – 2020 | Jaime Esparza | El fiscal de distrito con más años en el cargo en la historia de El Paso. Luego Fiscal Federal (U.S. Attorney) del Distrito Oeste de Texas (W.D. Tex., 2022–2025). |
| ene. 2021 – dic. 2022 | Yvonne Rosales | Obligada a renunciar en medio de una petición de destitución, acusaciones penales e invocaciones de la Quinta Enmienda. |
| dic. 2022 – dic. 2024 | Bill Hicks | Nombrado por el gobernador Abbott. Primer fiscal de distrito republicano en El Paso. Perdió la elección de 2024. |
| ene. 2025 – presente | James Montoya | Fiscal de distrito actual. Exfiscal de homicidios bajo Esparza. El caso de hábeas corpus de Lozano está pendiente bajo esta administración. |
En 1993, Daniel Villegas, de 16 años, fue arrestado por un doble homicidio y coaccionado para confesar por un detective que presuntamente lo amenazó con violencia física y agresión sexual. La fiscalía de Esparza procesó a Villegas tres veces. Después de que la Corte de Apelaciones Penales de Texas anuló una condena de cadena perpetua de 1995 por asistencia ineficaz de abogado, Esparza decidió volver a juzgar el caso. En octubre de 2018, un jurado absolvió a Villegas después de casi 20 años en prisión. Recibió $1.75 millones en compensación estatal, y en agosto de 2025 se resolvió que una demanda federal por violación de derechos civiles podía ir a juicio.
En 2010, dos fiscales adjuntos de la propia fiscalía de Esparza emitieron una carta Brady en la que alegaban que su colega, la fiscal adjunta Denise Butterworth, había influido indebidamente en lo que el médico forense del Condado de El Paso escribió en los informes de autopsia de un caso de homicidio capital. A pesar de la carta Brady, Butterworth siguió procesando casos durante años, incluido el nuevo juicio de Daniel Villegas. El público solo se enteró de la carta después de que Esparza dejó el cargo.
Brandon Moon fue condenado en 1988 por agresión sexual agravada con base en una identificación errónea por parte de un testigo ocular y en testimonio forense defectuoso. Pasó 17 años en prisión antes de que las pruebas de ADN lo exoneraran en 2004. Alejandro Hernandez fue condenado en 1994 por asesinato; la Corte de Apelaciones Penales de Texas anuló su condena en 2006.
Los abogados defensores de Patrick Crusius, autor del tiroteo masivo en el Walmart, alegaron conducta indebida de la fiscalía a lo largo de las tres administraciones de la Fiscalía del Distrito. Bajo Esparza, la fiscalía obtuvo indebidamente grabaciones de quince llamadas telefónicas confidenciales entre Crusius y sus abogados defensores — más de 3.5 horas en total — y obtuvo registros de visitas en la cárcel correspondientes a visitas de abogados y de salud mental, en violación de órdenes judiciales.
En 2022, los jueces desestimaron casi 1,000 casos penales porque los fiscales no solicitaron acusaciones formales ni presentaron la documentación requerida dentro de los plazos fijados por el estado. Se calculó un rezago de entre 10,000 y 14,000 casos. El Defensor Público en Jefe advirtió que otros 1,100 casos podrían ser susceptibles de desestimación.
En un caso de asesinato en el que se alegaba defensa propia, la fiscalía, como represalia, elevó los cargos a homicidio capital y solicitó la pena de muerte después de que se le sorprendiera sin estar preparada para el juicio. La jueza Alyssa Perez desestimó todos los cargos al resolver que la fiscalía había actuado con ánimo de represalia, al solicitar la pena de muerte únicamente para castigar al acusado por ejercer su derecho constitucional a un juicio.
Un allegado de Rosales presuntamente utilizó a la familia de una víctima del tiroteo del Walmart para socavar al juez que presidía el caso, enviando correos electrónicos no autorizados desde el celular de la viuda de la víctima. El hijo de la víctima declaró que el allegado le mostró un arma de fuego, presumió de tener “francotiradores por todas partes” y amenazó con que los enemigos de Rosales sufrirían “atentados”. Se contactó al FBI.
Tanto la fiscal de distrito Rosales como el fiscal adjunto Curtis Cox invocaron su derecho bajo la Quinta Enmienda a no autoincriminarse durante audiencias judiciales a finales de noviembre y en diciembre de 2022, algo prácticamente inaudito tratándose de fiscales en funciones. El juez Medrano tuvo que amenazar a Rosales con arrestarla para que compareciera.
En agosto de 2022, un abogado defensor presentó ante la corte una petición para destituir a Rosales del cargo, alegando incompetencia y conducta oficial indebida. El Procurador del Condado (County Attorney) aceptó llevar adelante el caso de destitución. Rosales renunció en noviembre de 2022, un día antes de una audiencia que podría haber conducido a su suspensión. El gobernador Abbott nombró a Bill Hicks como su sustituto.
El juez Roy Ferguson, de la Corte del Distrito Judicial 394, firmó una orden demoledora con diez determinaciones formales contra la Fiscalía del Distrito. La corte determinó que el fiscal adjunto Kevin Marcantel y la fiscalía incumplieron sistemáticamente sus obligaciones de divulgación de pruebas (discovery) en los condados de Culberson y Hudspeth. Entre las determinaciones clave figuran:
El “sistema de portal” era una farsa. El portal de la fiscalía para compartir pruebas no entregaba sistemáticamente las pruebas a la defensa. Las pruebas solo se entregaban cuando se forzaba manualmente el sistema, lo cual normalmente no se hacía a menos que lo ordenara la corte o lo exigiera el abogado defensor.
Acusados obligados a aceptar acuerdos a ciegas. Los acusados se vieron obligados a evaluar ofertas de acuerdo de culpabilidad sin haber visto nunca pruebas relevantes y potencialmente exculpatorias en poder del Estado, una violación fundamental del debido proceso.
No fue descuido — fue negligencia grave. La corte determinó expresamente que las violaciones no se debieron a un descuido ni a una simple negligencia, sino a una conducta sistemática que alcanzó el nivel de negligencia grave.
Retención intencional. En el caso de Brandon Hagan (abuso sexual infantil), la corte determinó que el Estado “incumplió intencionalmente” sus obligaciones de divulgación de pruebas y las órdenes de la corte. Pruebas solicitadas específicamente por la defensa se ocultaron durante más de dos años.
Pruebas excluidas en cinco casos. La corte concedió reparación a los acusados en cinco casos y excluyó del juicio las pruebas viciadas. La corte advirtió que nuevas violaciones resultarían en la desestimación de los cargos.
Lea la orden judicial completa (Anexo R del recurso 11.07) ↗
Los testimonios bajo juramento en la audiencia revelaron la magnitud del problema. El Defensor Público en Jefe, James McDermott, declaró que su oficina llevaba casi tres años lidiando con problemas de divulgación de pruebas, entre ellos videos faltantes, informes de laboratorio y entregas tardías de grandes volúmenes de documentos. Describió así la respuesta de la Fiscalía a las denuncias de conducta indebida: “Dijeron que era culpa nuestra. Dijeron que la Corte no podía hacer nada al respecto. Y pidieron que se nos sancionara por plantearlo.”
El abogado defensor Paul Chambers declaró que, cuando acudió a la oficina de la Fiscalía en El Paso para revisar pruebas en casos de abuso sexual infantil, descubrió unos 1,500 documentos no divulgados en un archivo zip. Declaró que de inmediato imprimió los registros del portal porque temía que la fiscalía subiera todo retroactivamente y afirmara que siempre había estado disponible.
Chambers también declaró sobre un formulario de renuncia que la Fiscalía del Distrito exigía a los acusados firmar como parte de los acuerdos de culpabilidad, el cual él interpretó como una renuncia a cualquier reclamo derivado de que la fiscalía no hubiera divulgado pruebas. Después de descubrir los documentos ocultos, aconsejó a sus clientes que se negaran a firmar la renuncia.
Lea la transcripción completa de 194 páginas de la audiencia (PDF) ↗
James Montoya asumió el cargo el 1 de enero de 2025. Exfiscal de homicidios bajo Esparza, la fiscalía de Montoya está a cargo actualmente de la respuesta del Estado al recurso de hábeas corpus 11.07 de Carlos Lozano. Los fiscales adjuntos Rebecca E. Quinn, Justin Stevens y Elena Esparza están asignados al caso de hábeas corpus.
~1,000 casos desestimados por plazos incumplidos • rezago de 14,000 casos • más de 60 renuncias de personal bajo Rosales • 5 casos con pruebas excluidas por el juez Ferguson • 10 determinaciones formales de conducta indebida • 3 o más condenas injustas documentadas
Las denuncias de Lozano sobre pruebas de video ocultadas, imágenes de vigilancia editadas y destrucción de pruebas de sangre/ADN concuerdan con el patrón institucional de retención de pruebas que ahora documenta formalmente una orden de una corte de distrito estatal. La misma fiscalía. Las mismas fallas en la divulgación de pruebas. El mismo patrón.
Fuentes: Esta sección se elaboró a partir de informes periodísticos y registros judiciales de acceso público, incluida la cobertura de El Paso Matters, Texas Tribune, KTSM, KFOX14, KTEP, KVIA y The Trace, la orden judicial presentada el 10 de diciembre de 2024 en la Corte del Distrito Judicial 394, Condado de Culberson, Texas, y la transcripción completa de la audiencia del 18 de noviembre de 2024 (Exhibit_Pages_part_6.pdf). Todas las afirmaciones se atribuyen a sus fuentes originales. La inclusión de una acusación no constituye una determinación de culpabilidad. Se invita a los lectores a revisar los materiales originales para conocer el contexto completo.
Contexto legal
En Texas, el Artículo 11.07 del Código de Procedimiento Penal es el mecanismo principal mediante el cual una persona condenada por un delito grave (felony) puede impugnar su condena después de agotar las apelaciones directas. Permite a los tribunales considerar alegatos que no se plantearon —o que no pudieron haberse planteado— en la apelación directa, incluidas pruebas recién descubiertas, violaciones constitucionales e inocencia real.
La solicitud se presenta primero ante la corte que dictó la condena, la cual desarrolla el expediente de los hechos. Luego el caso se remite a la Corte de Apelaciones Penales de Texas (CCA), el tribunal penal de más alto nivel del estado, para una decisión final.
El recurso 11.07 se presenta ante la corte del juicio original, planteando alegatos constitucionales o legales específicos.
La corte que dictó la condena puede celebrar audiencias, recabar declaraciones juradas y emitir determinaciones de hecho y conclusiones de derecho.
El expediente se envía a la Corte de Apelaciones Penales en Austin para su revisión. La CCA puede conceder o negar la reparación solicitada.
La CCA puede conceder un nuevo juicio, ordenar la liberación, devolver el caso para procedimientos adicionales o negar la solicitud.
Documentos del caso
Comunicado de prensa oficial de la familia Lozano que anuncia la audiencia probatoria programada para el 13 de abril de 2026 a las 8:00 a. m. en la Corte del Distrito Judicial 384, Condado de El Paso, Texas. Se espera que el perito forense en video Dr. Adam Key declare que los videos de vigilancia presentados en el juicio no pudieron haber sido producidos por el sistema DVR de Pockets Bar & Grill. Su análisis identificó un formato de archivo incorrecto, tasas de bits y de cuadros distintas, un intervalo de 33 minutos entre las horas de creación de los archivos y un corte evidente en el momento crítico del altercado.
Comunicado de prensa de interés humano, en inglés y en español, que anuncia la audiencia probatoria del 13 de abril de 2026. Relata la historia completa del caso de Carlos Lozano, las conclusiones del Dr. Adam Key sobre la manipulación del video, el historial de conducta indebida de la Fiscalía del Distrito de El Paso y la lucha de ocho años de la familia por obtener justicia. 6 páginas.
Carta del abogado de hábeas corpus Tate N. Saunders a la Legislatura de Texas sobre el Proyecto de Ley del Senado 378 (SB 378) (Doctrina del Castillo / ley “Defiende tu Terreno” (Stand Your Ground)) y la interpretación de la CCA en Lozano v. State. Sostiene que el fallo de la CCA contraviene la intención expresa de la Legislatura al aprobar la SB 378: proteger a los ciudadanos que usan la fuerza en defensa propia dentro de sus vehículos ocupados. 5 páginas.
Solicitud complementaria que agrega seis nuevos fundamentos de reparación: asistencia ineficaz de abogado por no obtener los resultados de ADN (Fundamento 5); asistencia ineficaz del abogado de apelación por no plantear el error preservado en las instrucciones al jurado (Fundamento 6) y la aplicación errónea de la Doctrina del Castillo (Fundamento 7); la negativa de la corte de primera instancia a dar la instrucción sobre arma mortal (Fundamento 8); la falta de resolución de la moción de ADN bajo el Capítulo 64 (Fundamento 9); y la ocultación, por parte del taquígrafo judicial, de una transcripción crucial previa al juicio (Fundamento 10).
Aviso oficial de la Corte de Apelaciones Penales que confirma la recepción de la solicitud del recurso 11.07. Se le asignó el número de caso de la CCA WR-96,918-01. El aviso se envió al solicitante, a su abogado (Saunders), al fiscal de distrito y a la Secretaría del Distrito.
El Estado niega de manera general todos los alegatos de hábeas corpus de Lozano y solicita permiso para presentar una contestación enmendada. Reconoce que existen cuestiones de hecho controvertidas y propone una Orden de Designación de Cuestiones para la revisión de la corte.
Carta de la fiscal adjunta Rebecca Quinn al juez Garcia con una propuesta de Orden de Designación de Cuestiones que identifica cuatro cuestiones de hecho controvertidas por resolver: prueba de video falsa, video ocultado, destrucción de pruebas de sangre y asistencia ineficaz de abogado.
Transcripción completa (194 páginas) de la audiencia del 18 de noviembre de 2024 ante el juez Roy Ferguson en el Condado de Culberson sobre cuestiones de exhibición de pruebas (discovery) bajo el Artículo 28.01 relacionadas con la Fiscalía del Distrito de El Paso. El testimonio bajo juramento del defensor público en jefe James McDermott y de otras personas documenta fallas sistemáticas en la exhibición de pruebas, entre ellas videos faltantes, divulgaciones tardías y la respuesta del Estado a las acusaciones de conducta indebida. Esta audiencia dio lugar a la orden de la corte de diciembre de 2024, que contiene diez determinaciones formales de negligencia grave contra la Fiscalía del Distrito.
Orden de la corte que programa una audiencia de mociones en la Corte del Distrito Judicial 384 ante el juez Garcia. El abogado Tate N. Saunders figura como abogado del acusado. Se dispensó la comparecencia del acusado.
Mandato oficial de la Corte de Apelaciones Penales que revoca la decisión de la Octava Corte de Apelaciones y confirma la sentencia de la corte de primera instancia. La moción de reconsideración fue negada el 12 de enero de 2022.
Presentada por Tate N. Saunders. Sostiene que la CCA pasó por alto que romper de un puñetazo la ventana de un vehículo constituye una entrada ilegal por la fuerza, lo que activa la presunción de la Doctrina del Castillo.
Primera moción del abogado recién contratado Tate N. Saunders, en la que solicita una prórroga de 30 días debido a la ambigüedad del fallo original de la Corte y a la emisión de una opinión corregida.
Opinión unánime redactada por la jueza Hervey que revoca la decisión de la Octava Corte de Apelaciones y confirma la condena dictada por la corte de primera instancia.
Presentada por el anterior abogado de apelación Kenneth del Valle. Establece que Lozano no tiene antecedentes penales, se entregó voluntariamente, era el único cuidador de su madre discapacitada (ya fallecida) y no tuvo ninguna violación de las condiciones de su fianza durante 19 meses de libertad antes del juicio.
Escrito del acusado/apelante presentado por Kenneth del Valle ante la Corte de Apelaciones Penales. Sostiene que la corte de primera instancia dio instrucciones al jurado incorrectas que causaron un perjuicio grave (egregious harm).
Orden per curiam que instruye a la corte de primera instancia a determinar si el apelante cuenta con representación legal y, si es indigente, a nombrarle un abogado.
Escrito del Estado sobre la Petición de Revisión Discrecional (PDR) (PD-1319-19), presentado después de que la CCA concedió la PDR del Estado. Redactado por el fiscal adjunto Ronald Banerji bajo el fiscal de distrito Jaime Esparza (Distrito Judicial 34). Sostiene por primera vez que Lozano nunca tuvo derecho a instrucciones sobre defensa propia porque no había pruebas de su “estado mental subjetivo” en el momento del disparo. Esta teoría nunca se argumentó en el juicio, nunca se presentó al jurado y no fue la base de la condena. La CCA adoptó este argumento en su opinión de octubre de 2021. 22 páginas.
Opinión de apelación que revoca la condena y ordena un nuevo juicio debido al perjuicio grave causado por instrucciones al jurado erróneas sobre el deber de retirarse. Lozano v. State, No. 08-17-00251-CR (Tex. App.—El Paso Oct. 31, 2019).
Presentada por el abogado defensor en el juicio, Gibson, una semana después de la condena. Gibson admite que su decisión de no subir a Lozano al estrado fue un error, revela que los miembros del jurado creyeron que no hubo ningún ataque y adjunta fotos de las lesiones que nunca se mostraron al jurado. 4 páginas + 2 anexos fotográficos.
Orden judicial firmada por el juez Patrick M. Garcia que ordena entregar la camioneta Ford F-150 2013 de Lozano (VIN 1FTFW1E66DFB39192, placas de NM 141SDF) a Government Employees Credit Union (GECU) — el acreedor prendario, no a Lozano ni a su familia. La camioneta contenía evidencia de salpicaduras de sangre que nunca se analizó y que se destruyó mientras estuvo bajo custodia del Estado durante aproximadamente 23 meses con las ventanas abiertas.
Registro del Taquígrafo Judicial (Reporter's Record), Volumen 10 de 12 (82 páginas). Transcripción completa del 15 de septiembre de 2017: la objeción de Gibson citando Ferrel v. State (una lata de cerveza como arma mortal — denegada); las instrucciones al jurado completas, con las instrucciones erróneas sobre el “deber de retirarse” que la Legislatura eliminó en 2007; los alegatos finales completos del Estado y de la defensa, incluida la reproducción del video por parte de la fiscalía ante el jurado; y el veredicto de culpabilidad.
Registro del Taquígrafo Judicial, Volumen 7 de 12. Primer día del juicio (12 de septiembre de 2017). Contiene las mociones in limine previas al juicio; la objeción de Gibson, que consta en el registro, de que el video de vigilancia “parece haber sido… alterado” (págs. 13–14) — objeción que luego no siguió adelante —; el desistimiento del Estado de los Cargos C y D; la lectura de la acusación formal; las declaraciones iniciales; y el testimonio de cuatro testigos del Estado (Ortega, Perez Ruiz, Torres, Rocha). Admisión de la Prueba del Estado n.º 5 (el video de vigilancia).
Registro del taquígrafo judicial de la audiencia de estatus previa al juicio ante el juez Garcia. Incluye la discusión sobre la fecha del juicio, las solicitudes de la defensa de antecedentes penales, el manejo de la camioneta por parte del Estado, la evidencia de Facebook, grabaciones telefónicas y la moción de la defensa para excluir pruebas. Volumen 2 del Índice General.
Fotos de la Ford F-150 FX4 2013 al momento de su decomiso, que muestran todas las ventanas y el quemacocos cerrados, vistas del interior, la placa del VIN y la evidencia en los tapetes. 11 páginas de fotografías, incluida la Prueba del Estado n.º 194.
Fotografías que muestran las lesiones en el ojo, la cara y la espalda de Lozano causadas por el ataque dentro de la camioneta. Adjuntadas como anexos a la Moción para un Nuevo Juicio (Expediente del Secretario (Clerk's Record), págs. 805-806). El jurado nunca vio estas fotos.
Anexo A del recurso 11.07. Declaración jurada que detalla el relato de primera mano de Lozano sobre el ataque de varios agresores, el video de vigilancia ocultado de una farmacia vecina, las fallas del abogado defensor en el juicio, Gibson, la alteración del video por parte del Estado y la destrucción de las pruebas de sangre. 9 páginas.
Anexo B del recurso 11.07. Testigo independiente que vio el video de vigilancia de Pockets en el celular de un compañero de trabajo. Describe a aproximadamente cuatro personas atacando a Lozano por el lado del conductor de su camioneta, mientras otras bloqueaban el frente. 2 páginas.
Anexo C del recurso 11.07. Conversación telefónica grabada entre el abogado de hábeas corpus Tate Saunders y el abogado defensor en el juicio, ya jubilado, Michael Gibson (11 de nov. de 2021). Gibson confirma el ataque y la sangre en la camioneta, y admite que no llamar a Lozano a declarar fue decisión suya y un error — e incluso describe a Lozano como “solo un tipo inocente al que atacaba un grupo de personas”. 14 páginas.
Anexo D del recurso 11.07. Declaración jurada de un gerente de producción de video de Entravision/Univision con 11 años de experiencia. Revisó el video de vigilancia del Estado y concluyó que fue editado: se eliminaron las marcas de hora y fecha, se unieron escenas cortadas y no se trata de una grabación original. 2 páginas.
Anexo E del recurso 11.07. Análisis forense formal de Adam Key, Ph.D., MFA (testigo perito certificado, sistema de tribunales penales de Texas). Identifica un tipo de archivo incorrecto para el sistema DVR, tasas de bits y de cuadros distintas entre las Partes 1 y 2, un intervalo de 33 minutos entre las horas de creación de los archivos y un salto/corte evidente en las imágenes de la Parte 2. Concluye que el video fue editado y no es original. 8 páginas.
Anexo G del recurso 11.07. Currículum vitae del perito forense en video Adam Matthew Key. Doctorado (Ph.D.) en Comunicación (Texas A&M, 2018), maestría (MFA) en Estudios de la Comunicación – Ciencias Forenses (Minnesota State, 2014). Testigo perito certificado en análisis de medios visuales, con más de 20 años de experiencia en producción de video y 13 años produciendo material audiovisual para litigios.
Anexo H del recurso 11.07. Declaración jurada de una testigo que visitó Pockets el 27 de septiembre de 2015 y a quien un empleado le mostró un video de vigilancia. El video mostraba todo el altercado desde el lado del conductor: un grupo rodeando el vehículo, un hombre corriendo hacia la puerta del conductor y golpeando a Carlos a través de la ventana, abriendo la puerta a jalones, y otros bloqueando la salida del vehículo. Moriel confirmó que el video que la Fiscalía presentó en el juicio no era la misma grabación que ella vio. 5 páginas.
Anexo I del recurso 11.07. Vista aérea de Google Maps y fotografías de Google Street View que muestran la ubicación relativa entre Pockets Billiards (4007 N. Mesa) y la farmacia vecina SureCare Specialty Pharmacy (4005 N. Mesa), incluidas las posiciones de las cámaras que apuntan al estacionamiento de Pockets. 2 páginas.
Anexo J del recurso 11.07. Declaración jurada del investigador paralegal David H. Mains. Realizó una investigación histórica que confirma que SureCare Pharmacy (antes Plains State Bank), en 4005 N. Mesa, tenía al menos una cámara de video apuntando al estacionamiento de Pockets. El gerente de la farmacia confirmó que se usaba el mismo sistema de cámaras, y la política de Plains State Bank exigía conservar las grabaciones de CCTV durante un mínimo de cinco años. 1 página.
Anexo K del recurso 11.07. Recibo de Pockets Billiards, Wings & Beer que documenta la presencia de Lozano en el establecimiento la noche del incidente.
Anexo L del recurso 11.07. Fotografías que documentan la ubicación de las cámaras de vigilancia en el edificio de SureCare Specialty Pharmacy, con las cámaras marcadas con un círculo para mostrar que apuntan al estacionamiento de Pockets, donde ocurrió el incidente. Incluye vistas a nivel de calle y acercamientos desde varios ángulos. 4 páginas.
Anexo M del recurso 11.07. Varias cadenas de correos electrónicos (marzo–junio de 2022) entre el abogado de hábeas corpus Saunders, el fiscal adjunto Curtis Cox, el jefe de la División de Apelaciones Tom Darnold y el investigador de la Fiscalía Ignacio Frausto. Documentan los intentos de Saunders de revisar el expediente de la Fiscalía, las solicitudes de los videos de vigilancia del estacionamiento y de Valero, la asignación del caso a la Unidad de Integridad de Condenas y las dificultades de la Fiscalía para entregar la evidencia de Facebook y DVD adicionales. 13 páginas.
Anexo N del recurso 11.07. Declaración jurada del abogado de hábeas corpus que documenta sus gestiones ante la Fiscalía del Distrito de El Paso a partir de marzo de 2022, las conclusiones del perito en video sobre la alteración, la renuncia forzada de la fiscal de distrito Yvonne Rosales, la evidencia de salpicaduras de sangre que la Fiscalía insistió en analizar pero nunca analizó, la retención de la camioneta durante casi dos años y la negativa de la nueva administración de la Fiscalía a cooperar después de la audiencia de marzo de 2023. 3 páginas.
Anexo O del recurso 11.07. Comparación lado a lado del estado de la camioneta: las pruebas del Estado muestran todas las ventanas y el quemacocos cerrados cuando fue incautada, mientras que las fotografías de un investigador privado muestran la camioneta en el corralón con la ventana del conductor abierta, la ventana del pasajero abierta, el quemacocos abierto y el interior cubierto de tierra, basura y daños por agua debido a su prolongada exposición a la intemperie. 5 páginas.
Anexo F del recurso 11.07. Parte 1 del video de vigilancia (Prueba del Estado n.º 5) presentado al jurado en el juicio como grabación auténtica del sistema DVR de Pockets Bar & Grill. El análisis forense del Dr. Adam Key concluyó que este video fue editado y no es original: formato de archivo incorrecto para el equipo DVR del establecimiento, y tasas de bits y de cuadros distintas a las de la Parte 2. 21 MB, formato .m4v.
Anexo F del recurso 11.07. Parte 2 del video de vigilancia (Prueba del Estado n.º 5). El Dr. Key identificó un salto/corte evidente en el momento crítico en que comenzó el altercado físico, un intervalo de 33 minutos entre las horas de creación de los archivos de las Partes 1 y 2, y parámetros de codificación distintos — y concluyó que el video fue editado y no es original. Estas son las imágenes que los fiscales reprodujeron cuadro por cuadro durante los alegatos finales. 5.3 MB, formato .m4v.
Anexo P del recurso 11.07. Correspondencia por correo electrónico (mayo de 2022–enero de 2023) entre el paralegal David Mains, la taquígrafa judicial Genesis Stephens y el abogado de hábeas corpus Saunders. Documenta una solicitud bajo la Ley de Información Pública de Texas (TPIA) de las grabaciones de audio de la audiencia de estatus de octubre de 2016; la negativa de la taquígrafa judicial, alegando que el audio es “producto de trabajo”; el descubrimiento de una transcripción mal etiquetada o faltante de una audiencia del 14 de marzo de 2016 que hace referencia al análisis de las pruebas de sangre en la camioneta de Lozano; y entradas del registro de actuaciones de la corte. 12 páginas.
Anexo R del recurso 11.07. Orden del 9 de diciembre de 2024 sobre la Moción de Desestimación por Conducta Indebida de la Fiscalía, dictada por la Corte del Distrito Judicial 394 (juez Roy Ferguson). La corte hizo diez determinaciones formales de que el fiscal adjunto Kevin Marcantel y la Fiscalía del Distrito Judicial 34 incumplieron de manera sistemática sus obligaciones de exhibición de pruebas bajo el Artículo 39.14, al grado de constituir negligencia grave. Se concedió reparación en cinco casos, incluida la exclusión de pruebas; se negó la solicitud del Estado de imponer sanciones a los abogados defensores. Presentada el 10 de diciembre de 2024, Condado de Culberson. 5 páginas.
Anexo Q del recurso 11.07. Registro del Taquígrafo (Volumen 1 de 3) de la audiencia del 18 de noviembre de 2024 ante el juez Roy Ferguson en la Corte del Distrito Judicial 394, Condado de Culberson. Audiencia sobre exhibición de pruebas bajo el Artículo 28.01 relacionada con la Fiscalía del Distrito de El Paso en 15 casos de delitos graves. El testimonio bajo juramento del abogado Paul Chambers documenta fallas sistemáticas en la exhibición de pruebas, entre ellas videos faltantes, divulgaciones tardías y la respuesta del Estado a las acusaciones de conducta indebida. Esta audiencia dio lugar a la orden de la corte de diciembre de 2024, que contiene diez determinaciones formales de negligencia grave contra la Fiscalía del Distrito. 194 páginas.
Informe de investigación que abarca el Distrito Judicial 34 desde 2017 hasta la fecha. Documenta condenas injustas, desestimaciones masivas de casos, manipulación de testigos, actuación vengativa de la fiscalía, ocultamiento de pruebas y una orden judicial que determina la existencia de negligencia grave sistemática. Basado en reportajes de prensa y registros judiciales.
Prensa y medios
Comunicados de prensa oficiales y cobertura de los medios relacionados con el caso de Carlos Lozano. Los representantes de los medios de comunicación pueden comunicarse con el equipo de apoyo para solicitar entrevistas, declaraciones e información adicional.
Se ha programado una audiencia probatoria para el 13 de abril de 2026, a las 8:00 a.m., en la Corte del Distrito Judicial 384 del Condado de El Paso, Texas. Se espera que el perito forense en video Dr. Adam Key — testigo pericial certificado en el sistema de cortes penales de Texas — testifique que los videos de vigilancia que el Estado presentó en el juicio no pudieron haber sido producidos por el sistema DVR de Pockets Bar & Grill. El análisis del Dr. Key identificó un formato de archivo que no corresponde al equipo del establecimiento, diferentes tasas de bits y de cuadros por segundo entre las Partes 1 y 2, una diferencia de 33 minutos en las horas de creación de los archivos, y un salto y una edición evidentes en el momento crítico en que comenzó la agresión física. Concluyó que los videos fueron editados y no son originales. La audiencia representa la primera oportunidad para que una corte escuche testimonio pericial en vivo sobre las denuncias de manipulación del video desde la condena por asesinato de Carlos Lozano en 2017. Su recurso 11.07 de hábeas corpus (n.º WR-96,918-01 ante la Corte de Apelaciones Penales de Texas [CCA]) plantea diez motivos de reparación.
Leer el comunicado completo (PDF) →Comunicado de prensa bilingüe de reportaje e interés humano que narra la historia completa del caso de Carlos Lozano en inglés y en español. Aborda los hallazgos del Dr. Adam Key sobre la manipulación del video, el historial de conducta indebida de la Fiscalía del Distrito de El Paso y los ocho años de lucha de la familia por la justicia. Dirigido a medios de comunicación en inglés y en español.
Leer el comunicado completo (PDF) →Carta del abogado de hábeas corpus Tate N. Saunders a la Legislatura de Texas sobre el Proyecto de Ley del Senado 378 (Doctrina del Castillo y ley “Defiende tu Terreno” [Stand Your Ground]) y la interpretación de la CCA en Lozano v. State. Sostiene que el fallo contraviene la intención expresa de la Legislatura de proteger a los ciudadanos que usan la fuerza en defensa propia dentro de sus vehículos ocupados. Exhorta a los legisladores a examinar cómo la resolución de la CCA afecta las protecciones que ellos aprobaron.
Leer la carta completa (PDF) →Para abogados
Esta sección reúne todos los materiales del caso disponibles públicamente y las cuestiones jurídicas para los abogados que estén considerando participar en el caso de Carlos Lozano. Si usted es un abogado con licencia interesado en revisar este caso, ofrecer asesoría o colaborar en él, a continuación encontrará todo lo necesario para comenzar.
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Contactar al equipoSi la Doctrina del Castillo no protege a una persona atacada dentro de su propio vehículo por varios agresores — uno de los cuales lanzó un proyectil letal y otro de los cuales entró físicamente al vehículo —, entonces las protecciones que la Legislatura de Texas aprobó mediante la SB 378 han quedado sin sentido. Lo que le pasó a Carlos Lozano le puede pasar a cualquier texano.
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